Beneficios fiscales para familias numerosas tras un divorcio
La normativa que regula las familias numerosas en España se basa en el Real Decreto 1621/2005, del 30 de diciembre, que establece el reglamento de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, sobre protección a las familias numerosas. Para ser reconocido como familia numerosa, uno de los principales requisitos según el artículo 1 de este real decreto es que los hijos sean solteros y menores de 21 años.
No obstante, este límite de edad se amplía hasta los 25 años si están cursando estudios universitarios o de formación profesional. Además, si los descendientes tienen alguna discapacidad o incapacidad laboral, el requisito de edad no se aplica.
Es igualmente necesario que los hijos vivan con uno o ambos progenitores. Sin embargo, la Ley 40/2003, de protección a las familias numerosas, en su artículo 2, contempla que este requisito puede cumplirse también si los hijos, aunque residan en diferentes unidades familiares, dependen económicamente de sus padres. En casos donde el padre o la madre desea obtener el reconocimiento de familia numerosa incluyendo a hijos que no conviven con él o ella, se debe presentar una resolución judicial que obligue al pago de una pensión alimenticia. Si los progenitores no llegan a un acuerdo sobre qué hijos deben incluirse en la unidad familiar, prevalecerá el criterio de convivencia.
Además, es imprescindible que los hijos dependan económicamente de sus progenitores para mantener el estatus de familia numerosa.
Impacto de la clasificación de familia numerosa en los beneficios públicos
Las familias numerosas se clasifican en dos categorías: familia numerosa general (con 3 o 4 hijos) y familia numerosa especial (con 5 o más hijos). Según la categoría en la que se encuadre, los beneficios a los que se puede acceder varían tanto a nivel estatal como autonómico y local.
En algunas situaciones, el reconocimiento de familia numerosa puede darse dentro de contextos de matrimonios anteriores, donde un progenitor tiene hijos con diferentes parejas. Para estos casos, es fundamental conocer los beneficios disponibles para el progenitor separado o divorciado que posee el título de familia numerosa, el cual se gestiona a través de la comunidad autónoma correspondiente.
Los beneficios asociados a este reconocimiento incluyen descuentos o exenciones en tasas académicas, la obtención de documentos públicos, acceso a servicios de la red pública, y entradas a museos. También se incluye la deducción por familia numerosa contemplada en el artículo 81 bis de la Ley 35/2006 del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). Es necesario tener en cuenta los artículos 58 y 64 de la misma ley para conocer los requisitos que se deben cumplir para la aplicación del mínimo por descendientes.
Estos artículos especifican que el progenitor con la custodia de los hijos puede aplicar el mínimo por descendientes, dado que es con quien conviven los menores.
Progenitores que pagan pensión de alimentos: consideraciones
En el caso de padres que no conviven con sus hijos, pero que continúan manteniéndolos económicamente mediante el pago de una pensión alimenticia conforme a una resolución judicial, la normativa desde 2015 les permite optar por aplicar el mínimo por descendientes. Alternativamente, pueden acogerse al tratamiento fiscal previsto en la Ley 35/2006 de IRPF para las anualidades por alimentos.
Dicha ley establece que los contribuyentes que abonen anualidades por alimentos a sus hijos, bajo una decisión judicial y sin el derecho a aplicar el mínimo por descendientes, pueden calcular el impuesto aplicable de manera separada sobre el importe de dichas anualidades y sobre el resto de la base liquidable general. El total resultante se reducirá en el importe derivado de aplicar la escala prevista en el artículo 63, apartado 1, número 1.º, a la parte de la base liquidable correspondiente al mínimo personal y familiar incrementado en 1.980 euros anuales, sin que esta reducción pueda resultar negativa.
En resumen, los progenitores divorciados con familia numerosa disponen de una serie de beneficios, tanto directos como indirectos, en forma de bonificaciones y deducciones, que les ayudan a afrontar los gastos derivados de su situación familiar.
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